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lunes, 25 de marzo de 2013

Derechos de las personas cuidadoras.

Son frecuentes los momentos en los que las personas cuidadoras de enfermos,  se ven afectadas y superadas por las complejas situaciones propias del cuidado.  La ambivalencia emocional experimentada (alegría/tristeza, animo/desesperanza, energía/abatimiento) estimula el desarrollo de dependencia, sentimientos de culpa, aislamiento y confusión en la persona cuidadora.
 
 Por ello, es muy importante que se tengan presentes y claros los derechos que protegen a las/los cuidadoras/es. Conocerlos, interiorizarlos y repetirlos las veces que sea necesario es una forma eficaz de proporcionarse un marco donde poder respirar y cuidarse en momentos difíciles.

 A continuación, os presento un listado con algunos de los derechos básicos de las personas cuidadoras. El listado no está cerrado. Existen tantos derechos como necesidades personales surjan. Sería interesante que cada una/o añadiese tantos como considerase oportunos e hiciera de esta lista una propia. En ese caso, se estarían cimentando unas bases sólidas de un cuidado del otro, lo más saludable posible.


YO, COMO PERSONA CUIDADORA TENGO:
  • Derecho a dedicar tiempo y actividades a una/o misma/o sin sentimientos de culpa.
  • Derecho a experimentar sentimientos negativos por estar perdiendo a un ser querido o verle enfermar.
  • Derecho a velar y defender el cuidado propio por encima del resto.
  • Derecho a resolver por una/o misma/o aquello que sea capaz y derecho a preguntar sobre aquello que no comprenda.
  • Derecho a buscar soluciones que se ajusten razonablemente a las necesidades propias y las de nuestros seres queridos.
  • Derecho a ser tratada/o con respeto.
  • Derecho a aprender y cometer errores y ser disculpada/o por ello.
  • Derecho a ser reconocida/o como miembro valioso y fundamental de la familia incluso cuando nuestro punto de vista sea distintos.
  • Derecho a quererse a una/o misma/o y a admitir que se hace lo que es humanamente posible.
  • Derecho a sentir y expresar de forma adecuada sentimientos, tanto positivos como negativos.
  • Derecho a «decir no» ante demandas excesivas, inapropiadas o cuando no se pueda dar más.
  • Derecho a continuar y desarrollar la propia vida.

Información procedente de: http://cuidador.com

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